Fijación judicial y retención oportuna para asegurar la alimentación, salud y educación
La Pensión Alimenticia es un derecho irrenunciable que comprende comida, vestido, habitación, atención médica, gastos de educación y sano esparcimiento para los acreedores alimentarios.
Gestionamos la fijación de la pensión alimenticia provisional desde los primeros días de la demanda, solicitando al juez el giro de oficios al centro de trabajo del deudor para que el porcentaje sea descontado directamente de su nómina.
Si el deudor trabaja por su cuenta o no tiene ingresos formales comprobables, llevamos a cabo investigaciones patrimoniales y aplicamos el estándar del estilo de vida para que el juez dicte una pensión tasada en salarios mínimos o UMA.
En nuestro despacho analizamos su caso de forma individual. Cada familia y cada patrimonio tiene particularidades que requieren una estrategia procesal diseñada a la medida para evitar retrasos innecesarios o costos imprevistos.
Por lo general, los jueces familiares fijan entre el 15% y el 35% de los ingresos netos del deudor por cada hijo, ponderando las necesidades reales y la capacidad económica del obligado.
Ofrecemos asesoría directa con el Lic. David González, facilidades de pago en mensualidades y total confidencialidad.
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